La mediación es, en muchos sentidos, muy novedosa en España. El Real Decreto regulador de la Mediación Civil y Mercantil, aprobado por el Gobierno así lo revela.

¿Qué es la mediación civil y mercantil?

En la actualidad, hay 9.000.000 de asuntos en tramitación en los Juzgados y Tribunales españoles. Se pueden contar entre demandas, reclamación de clausulas abusivas, procesos monitorios y un largo etcetera. El ratio es de 1 por cada 5 españoles, y no incluye los asuntos que, en preparación, todavía no han accedido a los órganos de administración de justicia.

La mediación es una alternativa al derecho a acceder a los Tribunales de Justicia, y brinda a las personas involucradas en el conflicto la oportunidad de tener un papel activo en cómo se soluciona, en vez de dejar la decisión en manos de un juez, u otro tercero que pueda adoptarla.

Intentar una mediación no supone la renuncia al derecho a acudir a los tribunales. Si la mediación no resulta exitosa, la persona continúa pudiendo acceder a ellos, si así lo desea.

La mediación es un proceso de “tiempo determinado” (la mayoría de las mediaciones de este tipo se resuelven entre dos y cuatro sesiones) al que pueden acudir las partes a fin de (con independencia de que el asunto haya llegado ya a los tribunales o no) alcanzar un acuerdo con la facilitación de una persona neutral (el mediador) experta en técnicas de comunicación, solución de problemas, y negociación.

La mediación es un proceso relativamente sencillo en el que el mediador ofrece a las partes en conflicto, de manera conjunta, la oportunidad de resolver sus diferencias de una forma aceptada por ambas. en un juicio, generalmente hay un ganador, y un perdedor. Al finalizar la mayoría de las mediaciones, ambas partes en conflicto salen satisfechas con los resultados obtenidos.

¿Quién media en asuntos civiles y mercantiles?

En un proceso de mediación privado, generalmente el primer acuerdo de los mediados consiste en determinar quién va a actuar como mediador. La cuestión más importante al elegir un mediador es asegurarse de que el mediador tiene experiencia, y una formación adecuada. Actualmente, en España, y en muchos otros países, los requisitos (pendientes de determinar) pueden ser pequeños; esta es una razón importante para que, si Ud. está interesado en encontrar un mediador, se asegure de ambas cuestiones: que tenga tanto una formación amplia como una práctica igualmente extensa.

¿Qué tipo de asuntos se median?

Casi todos los conflictos pueden llevarse a un proceso de mediación. Los Jueces y Tribunales van a poder, ahora, aconsejar a las partes que están litigando ante ellos, que acudan a una mediación civil/mercantil por muchas razones: el sistema judicial en España no tiene los recursos para manejar todos los asuntos que contribuyen a su atasco; históricamente, a lo largo del mundo, las partes que acuden a una mediación alcanzan un acuerdo con el que ambas están conformes; la mediación toma una cantidad de tiempo significativamente inferior a un proceso judicial, y es considerablemente menos cara (para los mediados, para el propio Estado). Adicionalmente, la mediación no impide acudir, posteriormente, a los Tribunales.